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Registro General de Pesca de San Andrés Islas [RGP SAI]

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¿Por qué el RGP SAI?

Para avanzar en la implementación del Registro General de Pesca – RGP SAI como herramienta para la generación de capacidades y mecanismo para el manejo y ordenamiento de los recursos pesqueros; utilizando como hoja de ruta los procedimientos para la asignación de permisos de pesca según lo señalado en la Ley 13 de 1990 y el Decreto 1071 de 2015, la Secretaria de Agricultura y Pesca viene adelantando gestiones para desarrollar e implementar un Software de Gestión de Procesos, a través del cual se van a sistematizar los procedimientos para la asignación y seguimiento de los permisos de pesca y/o comercialización de productos pesquero que le corresponde asignar a la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

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El Estatuto General de Pesca y Acuicultura (Ley 13 de 1990) establece en el artículo 56 y 57 que la Autoridad Pesquera organizará y llevará el Registro General de Pesca y Acuicultura - RGPA en el cual se inscribirán:

1) Los permisos, autorizaciones, concesiones y patentes de pesca y acuicultura.

2) Los permisionarios de pesca artesanal – personas naturales u asociaciones con autorización.

3) Los establecimientos y plantas procesadoras, los titulares de derechos pesqueros, los pescadores que presten servicios en embarcaciones de pesca comercial, las comercializadoras de productos pesqueros, los cultivos de recursos pesqueros.

4) Libro de "Pescadores"

5) Libro de "Comercializadores"

Igualmente, el Decreto Reglamentario 1071 de 2015 en los artículos 129-135 dispone que el Registro General de Pesca es público y gratuito, los actos de inscripción son obligatorios, cualquier persona podrá obtener información sobre las inscripciones y la entidad competente deberá expedir las copias que expresamente se soliciten.

El RGPA deberá estar comprendido por:

1) Libro "Registro de Permisos: Autorizaciones, Contratos de Asociación, Concesiones y Patentes de Pesca y Acuicultura": se inscribirán las condiciones de su vigencia, así como las empresas dedicadas a la actividad pesquera y acuícola en cualquiera de sus fases.

2) Libro "Registro de Embarcaciones pesqueras": Aquí se inscribirán las embarcaciones pesqueras consignando las características generales de cada una, indicando el nombre de su propietario, armador, puerto de matrícula, número de vigencia de la patente de pesca y demás información que determine JUNDEPESCA.

3) Libro "Registro de Establecimientos y Plantas Procesadoras": Se inscribirán todas las plantas dedicadas a la elaboración y procesamiento de recursos pesqueros, con la anotación de su objeto social, capacidad, permisos, Elementos de que consta el establecimiento y todas las demás características que las identifiquen.

4) Libro de "Pescadores": Se inscribirán aquellos que presten servicios en embarcaciones de pesca comercial, caracterizando el tipo de pesquería.

5) Libro de "Comercializadores": Artículo 42 - Las personas que comercialicen ejemplares vivos de especies pesqueras, sujeta a las disposiciones sanitarias que regulan la materia.

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